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Elección de Directores

En representación de los trabajadores afiliados.

Los Directores en representación de los trabajadores afiliados son elegidos en votación directa por los representantes titulares de los trabajadores en los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de las empresas adheridas a IST.

En las empresas en que trabajen menos de 25 personas, sus trabajadores deben elegir a dos de ellos para que los representen en la elección de Directores en representación de los trabajadores afiliados.

Las personas señaladas deben acreditar su calidad de electores, haciendo llegar a la Comisión Electoral, a más tardar 20 días antes de la fecha de la elección, por carta certificada o personalmente, los siguientes antecedentes:

  • Certificado del empleador indicando: los nombres de los miembros titulares representantes de los trabajadores en cada uno de los Comités Paritarios existentes (o el nombre de los representantes elegidos, según corresponda), RUT, el domicilio de cada uno de ellos y su antigüedad en la empresa y el Comité.
  • Certificado de la Inspección del Trabajo que indique el número total de trabajadores que prestaban servicios en la respectiva faena o empresa, el último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

Dentro de los dos días hábiles siguientes al término del plazo para recibir los certificados, la Comisión Calificadora debe confeccionar una nómina con los nombres de los electores debidamente acreditados, sus RUT y el número de votos a que cada cual tendrá derecho según la ponderación respectiva.

Confeccionada la lista, la Comisión debe comunicar, dentro de los dos días siguientes, por carta certificada a los electores que hubieren sido excluidos de ella, la causal que originó tal decisión. El interesado tendrá tres días hábiles, contados desde la recepción de la carta, para subsanar el defecto.

El conjunto de los miembros integrantes del o de los Comités Paritarios de una empresa tendrá tantos votos como sea el número de trabajadores de la respectiva empresa el último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

El total de votos que resulte se dividirá, por partes iguales, entre todos los integrantes del o de los respectivos Comités, despreciándose las fracciones indivisibles.

En las empresas en que trabajen menos de 25 personas, las dos personas elegidas como representantes, tendrán tantos votos cuanto sea el número de trabajadores de la respectiva empresa el último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

El total de votos que resulte se dividirá por dos, despreciándose las fracciones indivisibles.

Para ser designado Director Laboral se requiere:

  • Pertenecer por más de un año a alguna de las empresas adheridas a IST, contado desde la convocatoria.
  • Haber formado parte de algunos de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad también por más de un año.
  • Encontrarse calificado como elector.
  • Reunir requisitos para ser director sindical.
  • No ser ni haber sido en dos años anteriores a la elección, funcionario público que ejerza fiscalización en Mutualidades.
  • No ser ni haber sido en cinco años anteriores a la elección, gerente general o ejecutivo superior de algún organismo administrador del Seguro.
  • No tener calidad de trabajador ni vínculo de interés con IST (directamente o como representante de otra persona).

Para poder ser candidato, y consecuentemente ser elegido Director de IST, los electores deben previamente ser patrocinados por escrito, por a lo menos 12 electores debidamente calificados.

Las postulaciones deben ser firmadas por los patrocinantes y serán entregadas o enviadas por carta certificada a la Comisión, en el plazo que se señale en la convocatoria.

Cada elector sólo puede patrocinar a un postulante. En caso que uno de estos electores aparezca patrocinando a más de un postulante, se anularán todos sus patrocinios.

Los postulantes (precandidatos postulados) deben tener la calidad de electores y, por lo tanto, reunir todos los requisitos ya señalados.

Vencido el plazo para recibir postulaciones, los postulantes serán notificados por escrito, dentro de tercero día, para que éstos dentro de los 3 días siguientes, postulen a su vez a un suplente que cumpla con los requisitos para ser Director. Si alguno no lo hace, o si el propuesto no cumple con los requisitos y no es reemplazado por una persona que los cumpla, los Directores Laborales designarán el suplente respectivo.

La Comisión Calificadora debe confeccionar una nómina con todas las personas postuladas, con indicación del número de patrocinantes que lo hayan postulado.

La lista de candidatos quedará integrada por no menos de 4 ni más de 8 postulantes que hubieren obtenido los más altos patrocinios y sus respectivos candidatos a suplentes. Ante igualdad en el número de patrocinantes, se preferirá al postulante que pertenezca a la empresa de mayor antigüedad como adherente a IST y de persistir el empate, se definirá por sorteo.

Si los postulantes no llegan a 4, la Comisión debe solicitar a los Directores representantes de los trabajadores que designen los candidatos que falten hasta llegar a dicho número, de entre los electores acreditados que cumplan con los requisitos para ser Director.

La Comisión confeccionará una lista definitiva de candidatos en estricto orden alfabético (considerando el apellido del candidato a Director titular), indicando para cada uno la empresa y región a la que pertenece.

Dicha lista de candidatos, impresa, constituirá la cédula que posteriormente servirá para efectuar la votación.

La votación debe llevarse a efecto en los locales en que funcionen las respectivas juntas receptoras de sufragios, en la oportunidad que se fije en la convocatoria, a más tardar 10 días antes de la Junta Ordinaria de Adherentes.

La votación se lleva a cabo por los electores previamente calificados, marcando cada uno de ellos una preferencia a uno de los candidatos que figure en la cédula.

La Comisión Calificadora procederá a efectuar el escrutinio en la fecha que señale la convocatoria. Para tales efectos procederá a abrir la urna con los sufragios emitidos en Viña del Mar y a abrir los sobres enviados por las Juntas Receptoras de Sufragios de las distintas ciudades.

Los votos que se asignarán a los candidatos serán de acuerdo al valor anotado en cada cédula.

Resultan elegidos quienes obtengan las 4 más altas mayorías, y sus respectivos suplentes.

En caso de empate, se preferirá al postulante que pertenezca a la empresa de mayor antigüedad como adherente a IST y de persistir el empate, se definirá por sorteo.